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ATP reitera multas de $5 mil a $50 mil dólares por hospedajes clandestinos

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Ante las denuncias de los inquilinos del edificio PH Cristal, sobre la supuesta práctica de turismo sexual,  la Autoridad de Turismo de Panamá  advirtió  que quienes promuevan y cometan esta infracción en la ciudad capital serán sancionados con multas  que van de 5 mil a  50 mil dólares, según lo establece la Ley 80 de 8 de noviembre de 2012, que en su artículo 21 prohíbe el arrendamiento en edificios o residencias que no tengan permiso de alojamiento por menos de 45 días.    Esta actividad está reservada exclusivamente para apartahoteles, hoteles, hostales, moteles y pensiones, que mantengan su documentación en regla y se hayan  registrado para esta actividad en las instancias correspondientes, señaló la ATP en un comunicado.   Destacó que durante el mes de junio la ATP recibió unas 13 llamadas y 12 correos electrónicos por parte de ciudadanos que denunciaron  el alquiler de habitaciones en el lugar donde residen, mientras que  5 expedientes están en proceso de trámites en el Departamento de Legal y 5 en procesos coactivos para recuperación de multas.    Sobre el caso del apartamento #15 del inmueble PH Cristal, ubicado en Bella Vista, la entidad anunció que se le han aplicado  sanciones económicas en dos ocasiones, la primera por 5 mil dólares y la segunda por 15mil dólares.    En estos momentos se está en el proceso de aplicar la medida coactiva para embargar el apartamento en mención a la sociedad anónimo que aparece registrada como propietaria de este apartamento.    La ATP adelantó que mantiene conversaciones con el Ministerio de Comercio e Industrias  para tener mayor  jurisdicción y ser más enérgicos en las medidas a aplicar en este tipo de infracción a  la ley.

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