Ante las denuncias de los inquilinos del edificio PH Cristal, sobre la supuesta práctica de turismo sexual, la Autoridad de Turismo de Panamá advirtió que quienes promuevan y cometan esta infracción en la ciudad capital serán sancionados con multas que van de 5 mil a 50 mil dólares, según lo establece la Ley 80 de 8 de noviembre de 2012, que en su artículo 21 prohíbe el arrendamiento en edificios o residencias que no tengan permiso de alojamiento por menos de 45 días.
Esta actividad está reservada exclusivamente para apartahoteles, hoteles, hostales, moteles y pensiones, que mantengan su documentación en regla y se hayan registrado para esta actividad en las instancias correspondientes, señaló la ATP en un comunicado.
Destacó que durante el mes de junio la ATP recibió unas 13 llamadas y 12 correos electrónicos por parte de ciudadanos que denunciaron el alquiler de habitaciones en el lugar donde residen, mientras que 5 expedientes están en proceso de trámites en el Departamento de Legal y 5 en procesos coactivos para recuperación de multas.
Sobre el caso del apartamento #15 del inmueble PH Cristal, ubicado en Bella Vista, la entidad anunció que se le han aplicado sanciones económicas en dos ocasiones, la primera por 5 mil dólares y la segunda por 15mil dólares.
En estos momentos se está en el proceso de aplicar la medida coactiva para embargar el apartamento en mención a la sociedad anónimo que aparece registrada como propietaria de este apartamento.
La ATP adelantó que mantiene conversaciones con el Ministerio de Comercio e Industrias para tener mayor jurisdicción y ser más enérgicos en las medidas a aplicar en este tipo de infracción a la ley.
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